Nuevos requisitos formales para las actas de sociedades mercantiles en Costa Rica
Una reciente circular del Registro de Personas Jurídicas modificó de forma significativa los requisitos para inscribir válidamente las actas societarias.
Entre los principales cambios se encuentra la exigencia de que todas las actas estén firmadas por el presidente y el secretario de la sociedad. Incluso si todos los socios firman el documento, la ausencia de esas dos firmas clave puede invalidarlo registralmente.
La norma también permite nombramientos ad hoc en caso de que el presidente o el secretario no estén disponibles, siempre que esto se justifique en el acta.
Además, el notariado costarricense asume ahora un rol más activo, con la obligación de dejar constancia expresa del cumplimiento legal de todos los elementos que validan el acta.
Este reel resume los principales puntos que deben conocer las sociedades mercantiles para evitar rechazos o nulidades en sus trámites ante el Registro Nacional.

