En Costa Rica, todas las sociedades mercantiles y subsidiarias de sociedades extranjeras deben cumplir con el pago del Timbre de Educación y Cultura (TEC), un impuesto anual destinado a financiar actividades relacionadas con la educación y la cultura en el país.
¿Qué es el Timbre de Educación y Cultura?
El TEC es un tributo obligatorio que se aplica a:
- Sociedades mercantiles: Empresas constituidas legalmente en Costa Rica.
- Subsidiarias de sociedades extranjeras: Representaciones legales de empresas extranjeras inscritas en el Registro Público de Costa Rica.
¿Cuándo se debe pagar?
El plazo para cumplir con el pago del TEC es del 1 de febrero al 31 de marzo de cada año. Realizar el pago dentro de este período es crucial para evitar sanciones y garantizar que la sociedad continúe operando con normalidad.
¿Cómo se calcula el monto a pagar?
El monto del TEC varía entre ₡5.000 y ₡18.000, dependiendo del capital social neto declarado por la sociedad. La tabla de cálculo es progresiva y está establecida por ley, lo que asegura que el pago sea proporcional a las capacidades financieras de cada empresa.
Consecuencias del pago tardío
No realizar el pago del TEC dentro del plazo establecido puede tener serias repercusiones:
- Intereses: Se aplica un 10% anual sobre el monto pendiente.
- Sanción por mora: Corresponde al 1% del monto no pagado por cada mes de atraso, hasta un máximo del 20%. Nota importante: cualquier fracción de mes se considera como mes completo para el cálculo de la mora.
- Impedimentos administrativos: El incumplimiento puede dificultar la realización de trámites legales y administrativos relacionados con la sociedad.
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