Sí. Una reciente resolución del Tribunal Segundo Civil confirmó que las facturas electrónicas que no tienen firma manuscrita pueden usarse como prueba válida para iniciar un proceso de cobro judicial.
Eso sí: deben cumplir con tres requisitos clave establecidos por el reglamento de comprobantes electrónicos:
- Estar firmadas digitalmente por el emisor
- Haber sido recibidas o aceptadas por el cliente
- Ser verificables ante Hacienda
Esta decisión representa un importante respaldo para las empresas que gestionan sus operaciones de forma electrónica y buscan recuperar deudas sin complicaciones adicionales.
