La Sociedad Anónima (S.A.) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. o LTDA.) son las sociedades mercantiles más utilizadas en Costa Rica cuando se desea invertir en un negocio o participar en actividades comerciales.
La Sociedad Anónima (S.A.) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. o LTDA.) son adecuadas para efectuar actividades sin que el capital personal de sus miembros se ponga en riesgo: ante demandas o embargos, por ejemplo, solo se verá afectado el capital aportado por los miembros de la sociedad. No obstante, la Sociedad Anónima es la mejor para emprender negocios grandes.
Características de la SA y de la SRL
¿Cuáles son las personas involucradas en una Sociedad Anónima?
- Miembros:La Sociedad Anónima posee Presidente, Secretario, Tesorero y Fiscal; mientras que la Sociedad de Responsabilidad Limitada solo necesita un Gerente que funge también como representante judicial.
- Capital social: En la Sociedad Anónima se manejan acciones que se transfieren por endoso; y en la Sociedad de Responsabilidad Limitada el capital accionarioestá conformado por cuotas nominativas que pueden transferirse previa aprobación de los Cuotistas (miembros de la sociedad).
- Administración: En la S.A. el máximo ente es laAsamblea de Accionistas; en la R.L. lo es la Junta General de Cuotistas.
- Registros:La Sociedad Anónima maneja los tres libros legales Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. La R.L. solo mantiene el libro de Actas de Asamblea de Cuotistas y el libro de Registro de Cuotistas.
¿Cuáles son los requisitos para formar una sociedad?
Requisitos para formar una sociedad
- Socios:Como mínimo, una sociedad mercantil requiere 2 socios para conformarse. Una vez conformada no habrá límite máximo de miembros y si es necesario podrá quedarse con solo uno.
- Miembros:La Sociedad Anónima debe contar con Presidente, Secretario, Tesorero y un Fiscal sin poder legal alguno. Para una Sociedad de Responsabilidad Limitada solo es necesario un Gerente que, a su vez, será el representante judicial de la sociedad.
- Inscripción:Las sociedades se inscriben en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Será necesario precisar cuál actividad (es) realizará la sociedad; aportar datos como: nombre completo de los miembros, copia de la cédula o ID, estado civil, profesión u oficio y dirección exacta de residencia; además de especificar el capital total con que contará la sociedad,el número y valor de las acciones o cuotas y cómo serán distribuidas entre los miembros.
- Inscripción:Al registrar la sociedad se paga por adelantado el impuesto a las personas jurídicas, otros impuestos y timbres.
- Domicilio:Para crear una sociedad es necesario tener domicilio fijo y oficina para recibir notificaciones legales, esto dentro de Costa Rica. Si quienes representan a la sociedad no tienen domicilio fijo en Costa Rica y viven en el extranjero, será necesario nombrar un Agente Residente: un abogado que represente a la sociedad cuando se requiera