Declaración RTBF Costa Rica 2026: Guía de cumplimiento

La declaración RTBF Costa Rica es la obligación de transparencia más relevante para los representantes legales en el ejercicio 2026. Este registro, gestionado por el Banco Central, busca identificar a los beneficiarios finales de toda entidad jurídica. Ante la cercanía del vencimiento, es vital comprender que omitir la declaración RTBF Costa Rica genera sanciones económicas automáticas y el bloqueo administrativo de la sociedad.

¿Quiénes deben presentar la declaración RTBF Costa Rica?

Para este ciclo fiscal, el suministro de información es obligatorio para todas las personas jurídicas, sin distinguir si tienen actividad comercial o si son sociedades inactivas. Los puntos clave de la declaración RTBF Costa Rica incluyen:

  • Identificación del 15%: Se debe reportar a toda persona física que posea una participación igual o superior al 15% del capital social.

  • Transparencia de activos: En el caso de sociedades de tenencia, la declaración RTBF Costa Rica debe ser coherente con la realidad patrimonial reportada ante Hacienda.

  • Fideicomisos y organizaciones: El registro incluye obligatoriamente a fiduciarios y beneficiarios de estructuras privadas.

Requisitos de la declaración RTBF Costa Rica y firma digital

Bajo las nuevas directrices de la Circular DPJ-002-2026, la forma de gestionar la declaración RTBF Costa Rica ha cambiado drásticamente para asegurar la autenticidad del reporte:

  1. Uso de Firma Digital: El representante legal debe realizar el trámite personalmente en el portal Central Directo.

  2. Representantes extranjeros: Si usted no reside en el país, la declaración RTBF Costa Rica requiere obligatoriamente un Poder Generalísimo inscrito para que un tercero con firma digital actúe en su nombre.

  3. Actualización de datos: Antes de declarar, asegúrese de que el domicilio fiscal y los contactos estén vigentes en la plataforma TRIBU-CR.

Plazos y multas de la declaración RTBF Costa Rica

El tiempo para cumplir con la declaración RTBF Costa Rica es limitado. El plazo ordinario vence el 30 de abril. No completar el registro a tiempo implica:

  • Sanciones económicas: Multas que inician en los ¢1.386.600 (3 salarios base).

  • Restricciones registrales: Imposibilidad de inscribir bienes o solicitar personerías jurídicas ante el Registro Nacional.


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