Planificación de la herencia como acto de amor: ¿testamento o fideicomiso?

pareja planificando su herencia en Costa Rica

Organizar lo que sucederá con nuestro patrimonio cuando ya no estemos no es un acto frío ni egoísta: es, en realidad, una de las decisiones más amorosas que podemos tomar por quienes más queremos.
En Costa Rica, existen dos figuras legales que permiten esta planificación: el testamento y el fideicomiso testamentario. Ambas permiten disponer de los bienes, pero lo hacen de formas distintas y con niveles de control diferentes.

¿Testamento o fideicomiso testamentario?

El testamento es un acto jurídico personal y unilateral por el cual una persona establece cómo se distribuirán sus bienes después de su fallecimiento.
En Costa Rica, puede otorgarse de forma abierta o cerrada, y entra en vigor tras la muerte del testador. Requiere un proceso sucesorio —judicial o notarial— donde se validan sus disposiciones.

🟢 ¿Cuándo se recomienda?
Cuando se desea realizar una distribución directa y sencilla de los bienes a favor de familiares o personas específicas, sin condiciones especiales.

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A diferencia del testamento, el fideicomiso testamentario es un contrato en el cual se transfiere la administración de los bienes a un tercero (fiduciario), quien los gestiona a favor de los beneficiarios según las instrucciones del testador.

Esto permite crear un patrimonio independiente, protegido frente a deudas futuras, y con posibilidad de incluir condiciones específicas: por ejemplo, que los bienes sean entregados a un hijo cuando cumpla determinada edad, o que se reciba una pensión mensual mientras tanto.

🟢 ¿Cuándo se recomienda?
Cuando se desea un control más detallado sobre el uso, destino o protección del patrimonio, especialmente en casos de herederos menores de edad, discapacidad, segundas parejas o uniones de hecho.

¿Y si estoy en unión libre? ¿Y si uno de mis hijos fallece antes?

La ley costarricense reconoce ciertos derechos a convivientes en unión de hecho, pero solo si se cumplen condiciones específicas (relación pública, estable, de al menos dos años).
Asimismo, si un hijo fallece antes que el testador, sus propios hijos pueden heredar en su lugar, a través de la figura legal llamada “representación”.

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El mejor momento para planificar es ahora

Tanto el testamento como el fideicomiso son herramientas válidas y seguras. La diferencia está en el grado de control, flexibilidad y protección que cada persona necesita.

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